¿A quién va dirigido y qué obtiene?
Dirigido a: Pacientes atendidos en la ESE, sus representantes legales, familiares cercanos, terceros autorizados por el paciente y autoridades competentes.
Usted obtiene: Copia de la historia clínica, entregada en la oficina del SIAU o enviada al correo electrónico que usted autorice.
¿Quién solicita?
Los requisitos y el formato dependen de quién hace la solicitud. Elija su caso:
Quién puede solicitarla: Persona mayor de edad que fue atendida en la ESE y solicita su propia historia clínica.
Debe presentar:
- Formato 1 - Solicitud copia de historia clínica del titular, diligenciado y firmado
- Documento de identidad original del paciente y una fotocopia
En línea adjunta las copias de los documentos y no necesita imprimir ni firmar el formato. También puede descargarlo, diligenciarlo a mano y radicarlo en la oficina del SIAU.
Quién puede solicitarla: Padre, madre o representante legal del menor.
Debe presentar:
- Formato 4 - Autorización copia de historia clínica: menor de edad, diligenciado y firmado
- Documento de identidad original del padre, madre o representante legal y una fotocopia
- Copia del documento de identidad del menor (registro civil, tarjeta de identidad, certificado de nacido vivo o certificado de defunción)
- Copia del documento que acredite el parentesco (registro civil de nacimiento) o la representación legal (acto de autoridad competente)
En línea adjunta las copias de los documentos y no necesita imprimir ni firmar el formato. También puede descargarlo, diligenciarlo a mano y radicarlo en la oficina del SIAU.
Quién puede solicitarla: Padre, madre, hermano(a), hijo(a), cónyuge o compañero(a) permanente de un paciente que, por su estado de salud física o mental, no puede autorizar la entrega.
Debe presentar:
- Formato 5 - Solicitud copia de historia clínica: paciente con discapacidad, diligenciado y firmado
- Copia del certificado médico que evidencie el estado de salud física o mental del paciente
- Copia del registro civil de nacimiento, de matrimonio o de la declaración de unión marital de hecho que acredite el parentesco
- Documento de identidad original del solicitante y una fotocopia
En línea adjunta las copias de los documentos y no necesita imprimir ni firmar el formato. También puede descargarlo, diligenciarlo a mano y radicarlo en la oficina del SIAU.
Quién puede solicitarla: Familiar cercano: padre, madre, hijo(a), cónyuge o compañero(a) permanente.
Debe presentar:
- Formato 2 - Solicitud copia de historia clínica: paciente fallecido, diligenciado y firmado
- Copia del registro civil de defunción del paciente
- Copia del registro civil de nacimiento, de matrimonio o de la declaración de unión marital de hecho que acredite el parentesco
- Documento de identidad original del solicitante y una fotocopia
En línea adjunta las copias de los documentos y no necesita imprimir ni firmar el formato. También puede descargarlo, diligenciarlo a mano y radicarlo en la oficina del SIAU.
Quién puede solicitarla: Familiar lejano o cualquier otra persona a quien el paciente autorice por escrito.
Debe presentar:
- Formato 3 - Autorización copia de historia clínica para terceros, diligenciado y firmado en original por el paciente
- Documento de identidad original de la persona autorizada y una fotocopia
- Copia del documento de identidad del paciente
En línea adjunta las copias de los documentos y no necesita imprimir ni firmar el formato. También puede descargarlo, diligenciarlo a mano y radicarlo en la oficina del SIAU.
Quién puede solicitarla: Autoridades judiciales, Superintendencia Nacional de Salud, direcciones de salud, tribunales de ética médica y demás entidades facultadas por la ley (Ley 23 de 1981, art. 34).
Debe presentar:
- Oficio dirigido al Representante Legal de la ESE en el que se indiquen los motivos de la solicitud
- Radicación del oficio en la ventanilla única de la ESE, o envío desde un correo electrónico institucional
Requisitos generales
- Formato de solicitud diligenciado según su caso
- Documento de identidad original del solicitante y una fotocopia
- Documentos adicionales según quién solicita (vea "¿Quién solicita?")
Conforme al Decreto Ley 019 de 2012, no le pediremos documentos que ya reposen en entidades del Estado.
Pasos a seguir
- Elija su caso en la sección "¿Quién solicita?".
- En línea: pulse "Diligenciar en línea", complete el formulario y adjunte las copias de los documentos. Recibirá un número de radicado en su correo.
- Presencial: descargue el formato de su caso (o pídalo en la oficina del SIAU), diligéncielo, fírmelo y radíquelo en el SIAU con los documentos requeridos.
- El SIAU verifica la documentación. Si está incompleta, se le informa para que la complete.
- La Gerencia, o quien ella designe, aprueba la entrega. Si no se aprueba, se le informa el motivo por escrito.
- Recibe la copia de la historia clínica en forma presencial o por correo electrónico, según lo que haya indicado en la solicitud.
Formatos y formularios
- Procedimiento CON-PRA-002 - Entrega de copia de historia clínica (completo) (PDF, 442 KB)
- Formato 1 - Solicitud del titular (PDF, 169 KB)
- Formato 2 - Paciente fallecido (PDF, 166 KB)
- Formato 3 - Autorización a terceros (PDF, 179 KB)
- Formato 4 - Menor de edad (PDF, 163 KB)
- Formato 5 - Paciente con discapacidad (PDF, 166 KB)
Tenga en cuenta
- La historia clínica es un documento privado, obligatorio y sometido a reserva. Solo puede ser conocida por terceros con autorización del paciente o en los casos previstos por la ley (Resolución 1995 de 1999, art. 1).
- La entrega de historias clínicas se hace únicamente a través del SIAU. Ningún otro funcionario está autorizado para entregarlas.
- Ninguna aseguradora ni entidad bancaria puede exigir a los familiares copia de la historia clínica de una persona fallecida para pagar un seguro o cancelar un crédito.
- Una empresa no puede pedir informes sobre la salud de un trabajador, salvo cuando se requiera una reubicación por salud ocupacional, y solo en lo relacionado con ella.
- Usted puede pedir que su historia clínica se actualice o corrija cuando la información no corresponda a la realidad (derecho de habeas data).
- Quien acceda a la historia clínica de un familiar no puede hacerla pública. Solo puede usarla para el fin que indicó en la solicitud.
- Si la solicita para una incapacidad, una solicitud de medicamentos o una cita de control, se entrega solo la hoja de atención del día. Para tratamiento en otra EPS, procesos judiciales o entes de control se entrega la historia completa del periodo solicitado.
Normatividad
- Resolución 1995 de 1999, art. 1 - Manejo de la historia clínica
- Ley 23 de 1981, arts. 34, 38 y 61 - Ética médica
- Decreto 3380 de 1981, art. 30
- Corte Constitucional, Sentencias T-158A de 2008, T-303 de 2008, T-343 de 2008 y T-837 de 2008 - Acceso de familiares
- Decreto Ley 019 de 2012 - Supresión de trámites innecesarios